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PROTOCOLO DE COLABORACIÓN ENTRE LA REAL SOCIEDAD ECONÓMICA DE AMIGOS DEL PAÍS DE GRAN CANARIA Y LA JUNTA DE CRONISTAS OFICIALES DE CANARIAS


 

En Las Palmas de Gran Canaria, a cinco de mayo de dos mil cuatro.

          

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Francisco Marín Lloris, Marqués de la Frontera, en su condición de Director de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Gran Canaria (RSEAPGC), con CIF G35229996 y domicilio social en la Plaza de la Real Sociedad Económica de Amigos del País, número 1 de esta Ciudad, en uso de las facultades que le confieren los Estatutos de dicha Institución para actuar en nombre y representación de la misma.

 

Y, de otra, don Antonio María González Padrón, en su condición de Presidente de la Junta de Cronistas Oficiales de Canarias, con CIF G355691781, y domicilio en la Plaza de la Real Sociedad Económica de Amigos del País, número 1 de esta Ciudad, en uso de las facultades  que le confieren los Estatutos de dicha Institución, para actuar en nombre y representación de la misma.

 

                                    EXPONEN

 

Que actuando en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente documento en cumplimiento de los acuerdos sociales adoptados con antelación a este acto por ambas instituciones, y en su virtud,

 

                                    ACUERDAN

 

Concertar el presente Acuerdo de Colaboración, sometido a los siguientes:

 

                                    PACTOS

 

PRIMERO.- El objeto del presente Acuerdo de Colaboración es establecer un marco de colaboración e intercambio relativo al conocimiento, difusión y fomento de la historia y la cultura en el ámbito de los municipios de las islas en los que exista la institución de Cronista Oficial, así como, con carácter específico, en lo relativo al uso de los locales de la sede de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Gran Canaria.

 

SEGUNDO.- La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Gran Canaria, acepta que la Junta de Cronistas Oficiales de Canarias tenga el domicilio social en la Plaza, núm. 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

 

TERCERO.- La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Gran Canaria acepta que la Junta de Cronistas Oficiales de Canarias utilice, de manera compartida, una de las dependencias de su sede social, que sido previamente asignada, en los siguientes términos:

 

a)        El uso de la referida dependencia será a efectos de ubicación de archivo y documentación, recepción de correspondencia, así como p ara el desarrollo de las tareas administrativas y de gestión propias de sus funciones y finalidades.

 

b)        A tal efecto, por parte de la RSEAPGC se permite a la Junta de Cronistas Oficiales de Canarias la dotación del mobiliario propio para el desarrollo de sus actividades.

 

c)        El uso de otras dependencias de la sede (Salón de actos, secretaría, etc.) por parte de la Junta de Cronistas Oficiales de Canarias estará sujeto al régimen general establecido por la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Gran Canaria.

 

d)        La Junta de Cronistas Oficiales de Canarias está exenta del pago de gastos que se generen en los conceptos de luz, limpieza de escaleras y agua, así como en lo relativo al mantenimiento de la estructura del edificio.

 

CUARTO.- El presente Acuerdo de Colaboración tiene carácter indefinido y podrá ser revocado a instancias de cualquiera de las partes previa comunicación por escrito realizada, al menos, con seis meses de antelación.

 

         Y para que conste, en prueba de conformidad, se firma este Acuerdo de Colaboración, en Las Palmas de Gran Canaria el día cinco de mayo de dos mi cuatro.

 

Firmado

 

El Director de la RSEAP                  Director de la Junta de Cronistas Oficiales







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